IDENTIFICA LA CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
Compra venta: cuando uno de los contratantes se obliga a trasferir la propiedad de una cosa o de un derecho y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.
Donación: es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte de la totalidad de sus bienes presentes.
Arrendamiento: existe cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra a pagar por ese uso o goce un precio cierto.
Sociedad: en este los socios se obligan mutuamente a cambiar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico.
Asociación: cuando varios individuos conviven en reunirse, de manera que no sea transitoria, para realizar un fin común.
Prenda: es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
Fianza: es un contrato por el cual una persona se comprende con el acreedor a pagar por el deudor si este no lo hace
Hipoteca: es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan a acreedor, y que da derecho a este en caso de incumplimiento de la obligación garantizada a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido en la ley.
Contratos de adhesión: es aquel cuyas clausulas son redactadas unilateralmente por una de las pates, no dejan a la otra más posibilidad que las de subscribirlas íntegramente, sin modificación alguna.